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Alquileres: la Justicia ratificó que la comisión inmobiliaria la pagará el dueño y no el inquilino

La Justicia rechazó la apelación interpuesta por las inmobiliarias porteñas y ratificó que la comisión inmobiliaria debe ser pagada por los propietarios y no por los inquilinos.

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La comisión inmobiliaria del alquiler la pagará el dueño

La Justicia rechazó la apelación interpuesta por las inmobiliarias porteñas y ratificó que la comisión inmobiliaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires debe ser pagada por los propietarios y no por los inquilinos, informó la asociación Inquilinos Agrupados.

En agosto del año pasado la Legislatura porteña aprobó la ley 5.859, que establece que la comisión inmobiliaria debe ser afrontada únicamente por el propietario de la vivienda, exceptuando de este modo al inquilino.

Días después, el Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad presentó en la Justicia una acción de amparo afirmando que la norma violaba distintos artículos del Código Civil, lo que fue rechazado a fines de septiembre de 2017 por el juez de primera instancia Lisandro Fastman.

Comisión inmobiliaria del alquiler

La ley 5.859, que tuvo el impulso del gobierno porteño, ratifica además que la comisión inmobiliaria no puede superar el 4,15% del valor del contrato. Es decir, será equivalente a un mes de alquiler.

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Pero aclara que «en las locaciones de inmuebles con destino habitacional, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios».

Esa prohibición no correrá cuando el inquilino del contrato de alquiler sea una persona jurídica (por ejemplo, cuando una empresa traslada a un empleado y se hace cargo del gasto de su vivienda).

También impide que las inmobiliarias trasladen a inquilinos gastos adicionales por la gestoría de informes.

En este caso, el locatario solo debe abonar el gasto del informe (la certificación de firmas, por ejemplo), pero no deberá hacer frente a ningún costo adicional.

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