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La Justicia ordenó al Gobierno restablecer las pensiones por discapacidad

Lo dictaminó la jueza federal de la Seguridad Social Viviana Piñero, quien dio lugar al amparo presentado por el diputado nacional Sergio Massa. La devolución tendrá que concretarse en el plazo de ocho días.

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La Justicia ordenó al Gobierno restablecer las pensiones por discapacidad

La justicia federal dio lugar a un amparo presentado por el diputado Sergio Massa y ordenó al ministerio de Desarrollo Social devolver en el plazo de ocho días todas las pensiones por discapacidad.

Así lo dictaminó la jueza federal de la Seguridad Social Viviana Piñeiro, que dio lugar al amparo presentado hace una semana por el espacio «1País», que lidera Sergio Massa.

«Le pedimos al presidente que recapacite, vuelva atrás con la decisión y devuelva las pensiones a todos aquellos que se la quitaron. Tomaron una medida que discrimina a las personas con discapacidad. Otra vez, vemos la gravedad de una medida insensible que muestra que estamos frente a un gobierno que no tiene corazón al momento de tomar decisiones; menos cuando se trata de los más vulnerables», señaló el primer precandidato a senador nacional por «1País».

De esta manera, el gobierno de Mauricio Macri tendrá ocho días para restablecer la pensión no contributiva de todos aquellos beneficiarios afectados por la suspensión.

En la misma sintonía, Malena Galmarini manifestó: «Es una excelente noticia, las personas con discapacidad no pueden estar a merced de los avances y retrocesos del gobierno; necesitan la pensión todos los días. No alcanza con pedir disculpas cuando se juega con la necesidad de los más vulnerables. Ya no son ‘errores’ si siempre castigan a los pobres, son decisiones. Nunca se equivocan cuando se trata de los ricos».

El Gobierno modificó el criterio de asignación de pensiones a personas con discapacidad apelando a un decreto de 1997 que reglamenta el artículo 9 de la ley 13.478 de la Convención de los Derechos de Personas con Discapacidad.

Esa norma dice que la designación de apoderados a los efectos del cobro de los haberes se hará mediante poder o carta poder extendida ante la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación y un organismo que ésta autorice.

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