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Condenan a Ciudad y Arzobispado a pagar 100 mil pesos a una mujer que cayó en una vereda rota

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El gobierno porteño y el Arzobispado de Buenos Aires fueron condenados a pagar alrededor de 100.000 pesos de indemnización a una mujer por las lesiones que sufrió al caer en un pozo en una vereda rota cerca de la Plaza de Mayo, informaron hoy fuentes judiciales.

La sentencia la dictó la Cámara Nacional en lo Civil a favor de D.A.N. (las fuentes mantuvieron en la reserva la identidad de la damnificada), por el hecho registrado el 1 de julio de 2011 en Alsina al 500, casi esquina Bolívar.

La mujer caminaba por la acera con una amiga cuando, debido al estado deteriorado de la vereda, tropezó y cayó, lo que le provocó traumatismos y otras heridas. En primera instancia el gobierno porteño y el Arzobispado de Buenos Aires –citado como tercero- fueron condenados a pagar 62.000 pesos más intereses y las costas del juicio, lo que originó recursos de apelación y la intervención de la Sala i de la Cámara.

El gobierno local negó su responsabilidad en el hecho (se la atribuyó al propietario “frentista”), sostuvo que la vereda se hallaba en buen estado de conservación y culpó por el accidente y las lesiones que sufrió la mujer al descuido de la damnificada.

La Sala I de la Cámara evaluó las declaraciones testimoniales producidas en el expediente y constancias de la causa penal que tramitó por las lesiones y concluyó que, al momento del hecho, la vereda estaba deteriorada y le faltaban baldosas y había dos “tapas” colocadas por empresas de servicios públicos.

“Estaba todo roto”, dijo una testigo, en tanto que un policía que intervino en la causa penal dio cuenta del mal estado de la acera, aún varias semanas después del día del accidente.

El tribunal de segunda instancia acotó que “la responsabilidad que puede atribuirse al frentista por los daños que sufrió una persona al caer en una vereda que se encontraba en mal estado de conservación no releva la que corresponde imputar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

Las camaristas Carmen Ubiedo, Patricia Castro y Paola Guisado recordaron que, de acuerdo al Código Civil, el gobierno local tiene el deber de asegurar que las veredas “tengan una mínima y razonable conformación para evitar daños a terceros”. La condena contempló los rubros por daño físico y moral y gastos médicos y de farmacia.

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