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Opiniones encontradas por la resolución que habilita a la Federal a pedir documento en lugares públicos

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El ministro de Justicia y Seguridad porteño, Martín Ocampo, aclaró hoy que el fallo que habilita a un uniformado requerir la exhibición del documento de identidad (DNI) "es una limitación a la actividad policial" y claramente establece que no se puede detener a alguien "por portación de cara" o porque a un agente "se le ocurra".

El funcionario advirtió que si en el marco de un procedimiento de estas características un policía "se sobrepasa, hace lo que no tiene que hacer, incumple la ley o hace abuso de su posición de autoridad, tiene que tener sanciones".

Ocampo formuló estos conceptos en medio de la polémica que desató una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia porteño que determinó que la policía tiene la potestad de requerir la exhibición del DNI siempre que la medida sea ejercida razonablemente, tenga por finalidad prevenir el delito y no viole una garantía constitucional.

En diálogo con radio Del Plata, el ministro de la administración que conduce Horacio Rodríguez Larreta manifestó que, en realidad, "ese fallo es una limitación a la actividad policial". En tal sentido, puntualizó que lo que le está diciendo a un policía el máximo tribunal de Justicia de la Ciudad en esa resolución es: "Mire, usted puede hacer esto porque la ley lo habilita, pero no puede hacerlo de cualquier manera, tiene que ser un acto fundado que valide su intervención, no es porque a usted se le ocurre o por portación de cara puede detener a alguien".

Por su parte, la presidenta del Centro de Estudios en Política Criminal (CEPOC), Claudia Cesaroni, advirtió hoy que "no existe ninguna norma legal" que obligue a los ciudadanos a portar el DNI en la vía pública y criticó a las fuerzas de seguridad por identificar a personas "por su aspecto físico".

La representante de la entidad analizó el fallo que habilita a la policía a pedir la exhibición del documento de identidad en lugares públicos, facultad que, explicó, "surge de la ley orgánica de la policía federal" y ha sido "discutida en muchas ocasiones" por su "carácter discriminatorio, estigmatizante".

Para Cesaroni, el eje central de la discusión radica en los parámetros que utilizan las fuerzas de seguridad para demorar a una persona para su posterior identificación porque, sostuvo, "no lo hacen al azar" como dice el fallo.

"En general identifican a algunas personas por su aspecto físico porque le parecen particularmente sospechosas, porque se viste de determinada manera, porque tienen determinada edad, tienen gorrita, son pibes que andan con mochila, personas humildes", lamentó y recomendó a los jóvenes "que lleven documento en el bolsillo", pese a que no tenga una obligación legal, porque consideró: "Un adolescente lo va a pasar mal si no tiene el documento".

En la misma línea que Cesaroni se expresó el legislador porteño del Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) Marcelo Ramal, quien advirtió que la resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad es una facultad que podrá ser ejercida "con fines persecutorios o, incluso, de extorsión", y consideró que será "un cheque en blanco" para la fuerza de seguridad.

Ramal sostuvo que la justicia porteña le ha dado "contenido" así a la emergencia en seguridad dictada por el Gobierno Nacional. Para el legislador del FIT, la medida es "un retorno agravado a los tiempos de los edictos policiales" que rigieron en el pasado, sobre todo durante la dictadura.

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