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La Justicia Electoral le negó la re-reelección al gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck

Aceptó las impugnaciones del FpV y Cambiemos y determinó que Alberto Weretilneck se encuentra transitando su segundo período al frente de Río Negro. Apelará ante la Corte Suprema.

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La Justicia Electoral le negó la re-reelección al gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck


El Tribunal Electoral de Río Negro falló en contra de las intenciones del gobernador Alberto Weretilneck de ir por un nuevo mandato y no lo habilitó para presentarse como candidato a las elecciones del 7 de abril.

Los jueces Sandra Filipuzzi, María Luján Ignazi y Ariel Gallinger fallaron por unanimidad que el gobernador Weretilneck no puede ser parte del cotejo electivo porque está limitado por el artículo 175 de la Constitución Provincial que prohíbe terceros mandatos consecutivos.

De este modo los magistrados hicieron lugar a las impugnaciones presentadas por representantes del FpV, el 18 de febrero, y por Cambiemos, el 20 de este mismo mes.

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“Por supuesto, vamos a ir a la Corte Suprema de Justicia”, le aseguró a Clarín el mandatario provincial. A partir de hoy el gobernador tiene 48 horas para apelar.

El trámite continuaría con la resolución no vinculante del procurador general, Jorge Crespo, y alcanzaría al Tribunal Supremo en la instancia final.

Falta una semana para la presentación de las boletas de los partidos y mientras continúan los recursos judiciales, la figura de Weretilneck permanecerá fuera de los afiches y de la batalla electoral.

Los jueces determinaron que la restricción del artículo 175 involucra al gobernador y al vice gobernador más allá de las alternancias y que la decisión no es proscriptiva, como argumenta el partido de Weretilneck, Juntos Somos Río Negro (JSRN), sino que establece una “espera temporal y acotada, en aras a la alternancia en el poder y periodicidad en la renovación de autoridades”.

Se debe “atender que la delineación de la (Constitución provincial) principia por titular Gobernador y Vicegobernador como la conformación de ese Poder, sin perjuicio de indicar seguidamente que el primero es quien lo ejerce, siendo su reemplazante legal el vicegobernador, elegidos al mismo tiempo y por igual periodo”, señalan los jueces.

“El binomio Gobernador y Vicegobernador constituye una fórmula, a modo de bloque o de unidad, en tanto uno acompaña al otro”, agregan.

“Si por el principio republicano adoptado en Río Negro la duración del mandato se ha fijado en 4 años (art. 174) y se permite una reelección o sucesión recíproca por un nuevo periodo y por una sola vez (art. 175), solo puede interpretarse que mientras la primera es una regla, que como tal es inderrotable en base a principios y valores, la segunda alternativa fijada por el primer párrafo del art. 175 se alza -desde su nacimiento- como una excepción reglada a aquélla, siendo por ello de interpretación restrictiva”, continúan.


Y siguen, contradiciendo los fundamentos de Weretilneck y su equipo. “De adoptarse la interpretación pretendida por la “Alianza Juntos Somos Río Negro”, se estaría aceptando la eventualidad de que a futuro, baste variar un solo integrante de la fórmula Gobernador-Vicegobernador, alternando a una persona como Vicegobernador o Gobernador para justificar el mantenimiento de la misma en el ejercicio del Poder Ejecutivo”.

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En referencia al fallo aclaran que “su aplicación mal puede resultar proscriptiva, pese a lo dictaminado por Ministerio Público Fiscal, por cuanto no conculca el derecho de ser elegido, en tanto sólo impone una temporal y acotada espera, en aras a la alternancia en el poder y periodicidad en la renovación de autoridades”.

El viernes recién pasado el fiscal de Cámara, Hernán Trejo, había determinado, en una resolución no vinculante, que Weretilneck podía avanzar en su búsqueda de una reelección y proponía una interpretación “no proscriptiva” de la Constitución. “No está comprendido en los impedimentos del artículo 175 de la Constitución y, en caso de dudas, se debe aplicar la interpretación por la no proscripción”, argumentó el fiscal Trejo.

Pero los magistrados del Tribunal Electoral de Río Negro le dieron la espalda al gobernador acaso sorpresivamente para toda la clase política rionegrina que esperaba una decisión en otro sentido. De hecho tanto Cambiemos como el FpV habían adelantado que acudirían a la Corte Suprema de Justicia en caso de que fuera habilitado en su provincia.

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