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Suspendieron un decreto de Macri que retenía 3000 cargos jerárquicos por 5 años

La medida que les aseguraba su permanencia y queda sin efecto por seis meses. Además, revisarán nombramientos y contratos de los últimos tres años.

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Suspendieron un decreto de Macri que retenía 3000 cargos jerárquicos por 5 años


El Gobierno suspendió por 180 días el decreto firmado por el ex presidente Mauricio Macri que extendía por cinco años la estabilidad de 3000 puestos jerárquicos del Estado, la mayoría nombrados durante su gestión.

El ex ministro de Modernización Andrés Ibarra lo justificaba en que se trataban «328 cargos de alta dirección, de los cuales 100 ya están formalizados y el resto está en trámite».

Pero través del decreto 36, firmado este sábado en el Boletín Oficial, con las firmas de Alberto Fernández y Santiago Cafiero, en ningún caso la prórroga de las designaciones podrá exceder el 31 de marzo de 2020.

«El decreto implicaba una disrupción y una desigualdad en la carrera del personal de la administración pública», al tiempo que no se «constataría una relación razonable con las escalas salariales», señalan los considerandos.

Andrés Ibarra había justificado la medida en que muchos entraron por concurso. El Gobierno se tomará seis meses para revisarlos.

También se convoca a una «Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional», que deberá reunirse en no más de tres meses.

Y se instruye «ministros y ministras, secretarios y secretarias de la Presidencia de la Nación, autoridades superiores de organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal».

La revisión deberá realizarse en no más de 6 meses y «en cualquier instancia en que se encuentren a fin de analizar su legalidad, y en particular, el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado, merituando los antecedentes presentados por los postulantes».

Además, el artículo 7 dispone la revisión de las contrataciones de personal «efectuadas en dichos ministerios u organismos, durante los últimos tres años». Mientras que las autoridades deberán «reportar los avances» de las acciones instruidas en el decreto mediante un «informe sobre la oportunidad, mérito y conveniencia de los cargos autorizados a concursar y los contratos celebrados».

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